Reglamento de Sociedades Afines y Relacionadas

EXTRACTO DEL ACTA DIRECTORIO GENERAL DEL MARTES 24 DE MARZO 2015 CON LOS COMENTARIOS REFERIDOS A LA PROPUESTA DE REGLAMENTO DE RELACION CON SOCIEDADES AFINES:

“d.- Otros informes:

- Sociedades afines, Reglamento. Dr. Juan Maass y Dr. Juan Carlos Casar: El Dr. Maass presenta al Directorio el Reglamento de sociedades afines en un borrador a consideración de los Directores. Se da lectura  y se considera que en algunos puntos relativos a los derechos mutuos, a los descuentos y a la participación académica, debe ser más general y menos específico. Se aclara que el objetivo principal de este documento es fijar las reglas para mantenerse en contacto con otras sociedades y afines entre las cuales se destacan la Sociedad de Neurorradiología, la Sociedad Neurológica del Sur, las Sociedades chilenas de Salud Mental, la Sociedad de Psiquiatría Biológica, entre otras.
Por último, se acuerda que se incorpore un punto relativo al modo particular de vincularse con cada sociedad ya que cada una exige una negociación aparte”.

TEXTO DE LA PROPUESTA LEIDA EN REUNION DE DIRECTORIO EL 24 DE MARZO DE 2015:
Reglamento de Sociedades Afines y Relacionadas

- Borrador Marzo 2015-

 

Sociedades Afines o Partnership:

Las Sociedades Afines (organizaciones nacionales) de Sonepsyn son diversas organizaciones de profesionales dedicadas a la Salud Mental: Psiquiatría, Neurología y Neurocirugía dentro de Chile, que comparten la misión de promover el diagnóstico, tratamiento, investigación y prevención de trastornos en estas especialidades. Construir canales formales de  relación con organizaciones afines redunda en beneficios mutuos  y  fortalece  nuestra visión en el  desarrollo científico y clínico que nos inspiran.
Se considerarán  partners de SONEPSYN a todas las organizaciones asociadas, organizaciones de afiliados y grupos de trabajo que lo soliciten formalmente mediante una carta al Directorio General.

Objetivos:

  1. Facilitar la comunicación con las Sociedades que comparten temáticas   de las especialidades  o subespecialidades.
  2. Fomentar y difundir el conocimiento, desarrollo de nuevas técnicas, nuevos estudios y tratamientos de  las patologías que nos preocupan, así como su prevención.
  3. Promover normas éticas del más alto nivel en el trabajo psiquiátrico, neurológico y neuro-quirúrgico.
  4. Promover el desarrollo de los más altos estándares de calidad en la atención psiquiátrica, neurológica y neuro-quirúrgica, la docencia y la investigación, así como la observancia de dichas prácticas.
  5. Participar como grupos técnicos colegiados frente a la Sociedad chilena en materias pertinentes ante nuevas disposiciones legales o eventos nacionales  que nos convoquen.

 

Beneficios:

  1. Contar con el patrocinio de Sonepsyn y de la o las Sociedades Afines que corresponda, para todos los eventos que organicen sus afiliados.
  2. Contar con colaboraciones mutuas en la organización de eventos, previa carta a su Directorio solicitándolo y/o en reunión de los organizadores con el Directorio de Sonepsyn.  
  3. Acceder a beneficios mutuos para participar en Simposium, congresos,  Congreso anual de Sonepsyn y/o de la o las Sociedades Afines.
  4. Recibir información y convocatorias a actividades académicas y socioculturales que se realicen por parte de SONEPSYN y/o la o las Sociedades Afines,  que contribuyan a su  desarrollo o que fortalezcan el vínculo societario.
  5. Recibir periódicamente la "Revista Chilena de Neuropsiquiatría" y los Boletines Científicos e Informativos, publicaciones escritas y/o electrónicas disponibles, avaladas por SONEPSYN y/o la  de las Sociedades Afines.
  6. Publicar trabajos en la "Revista Chilena de Neuropsiquiatría ", previa aprobación del Comité Editorial de SONESPSYN y/o de la o las Sociedades Afines.
  7. Participar de otras organizaciones científicas a las cuales está asociada SONEPSYN y/o de la o las Sociedades Afines, tanto en Latinoamérica, como de otras Regiones a través de WFN, WPA, APAL, WFMH y otras.
  8. Participar de los Cursos y capacitaciones de La Academia de Sonepsyn y/o  de la o las Sociedades Afines, con derecho al  puntajes para re-acreditación de las especialidades y otros eventuales beneficios.

 

Requisitos

  1. Composición: al menos el 10% de los Socios y uno de los Directores, o representantes de la Sociedad o Grupo Afin, deberá ser socio activo de Sonepsyn.
  2. Presentar anualmente, en la Asamblea Nacional de SONESPYN a través de un director o coordinador, un informe de funcionamiento como Partnership, pudiendo en esta Asamblea recomendar mantener la relación o suspenderla, en forma condicional o definitiva, según voto de mayoría simple da la asamblea
  3. Mantener actualizado el registro de participantes comunes y los respectivos logos, para el patrocinio de actividades de SONEPSYN y de la o las Sociedades Afines.
  4. Contar con información fidedigna de las Sociedades afines  respecto a: Número de socios, dirección, correo electrónico, especialidades.
  5. Cumplir con el o los Reglamento(s) de SONEPSYN respecto a Simposios, talleres ,  cursos o Congresos
Para eventos distintos al Congreso anual, pero de alta convocatoria  presentar formalmente ante el Secretario General de SONESPYN o su equivalente en la o las Sociedades Afines, la solicitud de participación en esta iniciativa, detallando su financiamiento.