REGLAMENTO DEL PREMIO MEDALLA DOCTOR HARVEY CUSHING

TITULO I.  DEL PREMIO.


Artículo 1.
El premio Medalla Dr. Harvey Cushing es un reconocimiento a la excelencia en el ejercicio de la neurocirugía, destinado a premiar un médico neurocirujano, chileno o chilena, miembro activo de SONEPSYN, y responsable con sus compromisos societarios, que haya sobresalido en alguna de las siguientes áreas:

A.-  El ejercicio clínico, la labor académica o de investigación

B.-  El servicio en políticas públicas relevantes

C.-  La administración de nuestra Sociedad Científica

D.-  La difusión del conocimiento continuo de nuestra especialidad tanto a nivel nacional como embajadores fuera del país, contribuyendo a través de sus aportes y publicaciones al progreso, difusión y prestigio de la neurocirugía chilena.

El premio se diferencia del título de “Maestro de la Neurocirugía Chilena” que entrega SONEPSYN cada cuatro años, en que el galardonado no requiere necesariamente haberse destacado como un formador integral de nuevas generaciones de neurocirujanos.

Artículo 2.
El premio se otorgará en forma anual, en la forma establecida en el presente reglamento y, una vez ratificado por el Directorio General de la Sociedad, será entregado por la Comisión de Neuro-Neuro de SONEPSYN durante el Congreso Anual.

Artículo 3.
El premio consistirá en un diploma que acredita su condición al galardonado firmado por el Presidente, Secretario General y Secretario Ejecutivo de la Comisión de Neuro-Neuro de SONEPSYN y  la Medalla Dr. Harvey Cushing.

TITULO  II.   DEL JURADO.

Artículo 4.
El Jurado estará integrado por los integrantes de la Comisión de Neuro-Neuro de SONEPSYN, el último galardonado con el título de Maestro Chileno de Neurocirugía, y, el último galardonado con  la Medalla Dr. Harvey Cushing. 

Artículo 5.
Para constituirse, deberá estar presente a lo menos la mitad más uno de los miembros del jurado, quienes serán citados a una reunión de la Comisión de Neuro-Neuro. Previo a la sesión, los Directores sondearán posibles candidatos y se invitará a un socio por cada uno de ellos para que lo presente frente al jurado. El Secretario Ejecutivo de la Comisión de Neuro-Neuro presidirá la sesión en que el jurado dirima al escogido.

TITULO III.   DEL PROCEDIMIENTO.

Artículo 6.
Podrán ser postulados al Premio Medalla Dr. Harvey Cushing todos aquellos médicos neurocirujanos que cumplan con las características definidas para este premio. Excepcionalmente, podrá ser postulada una personalidad médica extranjera de larga residencia en Chile, cuya obra creativa se haya desarrollado en el país y signifique un aporte relevante a la neurocirugía nacional.

Artículo 7.        
El jurado es soberano en la selección del elegido y en requerir otros antecedentes que se estimen necesarios.

Artículo  8.     
En el caso de que el nombre de algún miembro del jurado sea postulado al premio, deberá excluirse de participar y será reemplazado por la persona que designe el resto del jurado.

Artículo 9.  
Las deliberaciones del jurado serán confidenciales, como asimismo la información que hayan tenido a la vista para otorgar el premio. El fallo deberá ser fundado, destacando los méritos profesionales e intelectuales del agraciado y la trascendencia regional, nacional e internacional de su obra.

Artículo 10.       
El jurado hará sus mayores esfuerzos para lograr la unanimidad en su decisión; si no se lograra unanimidad, la decisión se tomará por la mayoría absoluta de sus miembros.

Artículo 11.
El jurado podrá declarar desierto el premio sin expresión de causa.

Artículo 12.
Los candidatos no elegidos formarán parte, por derecho propio durante un año, de los candidatos a considerar por la Comisión de Neuro-Neuro el año siguiente.

Artículo 13.
El elegido deberá ser ratificado por el Directorio General de SONEPSYN.